domingo, 14 de octubre de 2012

GRUPO 2 Ensayo Periodos de formación y desenvolvimiento del derecho romano

Introducción

En este trabajo se llevará a cabo el estudio del derecho romano y los periodos en los cuales se dio la formación y el desarrollo del mismo en la antigüedad, de igual forma uno de  nuestros objetivos  principales  es tener un conocimiento claro de los  conceptos fundamentales  relacionados con el derecho romano. Como meta principal nuestra al realizar este trabajo es introducirnos en el mundo del derecho como parte importante de nuestra vida para enriquecer nuestro conocimiento cada vez más.

Periodos de formación y desenvolvimiento del Derecho Romano.


El Derecho Romano significa: Conjunto de normas o reglas de carácter coactivo.
El derecho romano no solo alude al conjunto de normas jurídicas de los romanos, sino al conjunto de ideas, normas y principios dadas por el pueblo romano a través de su existencia. (Trece siglos 753 a.c. al 565 d c), este derecho se compiló en el CORPUS IURIS CIVILIS; también los aportes alcanzaron las universidades del siglo XI, con la tradición romanista, receptadas por las legislaciones europeas y también por nuestro ordenamiento positivo, constituyendo la base de nuestra ciencia jurídica.
El derecho romano es la base común de los ordenamientos positivos, aporta elementos lógicos y metodológicos para la comprensión del sistema jurídico, es un valioso auxiliar del derecho moderno.
El nacimiento del Derecho romano se debe entre otras causas a la división existente en la sociedad romana entre patricios y plebeyos, no obstante antes del año 451 a. C.-450 a. C., no conocemos un sistema unificado para la península, es por eso que debemos remontarnos a Grecia, cuna de la civilización occidental, en donde estaba presente el periodo ático, o del derecho griego ático, de donde podemos presumir fueron permeadas algunas disposiciones presentes en la Ley de las XII Tablas.
Las traducciones legales romanas estaban en manos de los patricios y todos los asuntos relacionados con lo que nosotros conocemos como derecho recaían sobre el Pontifex Maximus, evidentemente patricio, conociéndose como derecho pontifical. Los plebeyos desconocían como iban a ser juzgados exactamente y normalmente los patricios aplicaban la tradición pontifical según convenía a sus intereses. Por ello, una de las reclamaciones plebeyas, a imagen de lo que había ocurrido en las ciudades del arcaísmo griego, solicitaron la codificación de la tradición en forma de leyes. Para ello, el Senado acordó enviar una comisión a Grecia para informarse sobre las leyes de las ciudades, y después se decidió la abolición de las magistraturas patricias y del tribunado de la plebe, entregando el poder a una comisión de decenviros, que debían codificar las leyes romanas en un período de un año. Esta comisión elaboró 10 tablas de leyes bastante justas y, por tanto, favorables a los plebeyos, pero, al no estar terminado el trabajo, se nombró una segunda comisión decenviral, mucho más conservadora, que elaboró las dos últimas tablas, con leyes netamente anti plebeyas, que, por ejemplo, prohibían los matrimonios mixtos. Esta comisión intentó perpetuarse en el poder, pero fue depuesta y el sistema de magistraturas empezó a funcionar de nuevo. El resultado fue el primer cuerpo legal conocido y estructurado, llamado Ley de las XII Tablas, del año 451 a. C., y que fueron expuestas públicamente en el Foro Romano.
ORIENTACION METODOLÓGICA EN LOS ESTUDIOS DE DERECHO ROMANO

El derecho romano se debe estudiar desde varios métodos, a saber: dogmático, histórico, crítico y práctico.
Dogmático, en la medida que el ordenamiento romano implica un sistema aún vigente, que encierra principios aún validos y que resulta interesante su conocimiento con referencia a nuestras instituciones.
Histórico: Muestra el origen y evolución de dichos conceptos, para observar el desarrollo en sus fuentes.
Crítico, debemos analizar debidamente las fuentes que utilizamos.
Práctico: No encasillar el derecho romano como algo superado, sino como medio para esclarecer temas contemporáneos
PERIODOS EN FORMACION Y EL DESENVOLVIMIENTO DEL DERECHO ROMANO.

El derecho romano tiene un proceso de trece siglos, desde su fundación en el año 753 a.c. hasta la muerte del emperador Justiniano en el año 565 d.C.
Comenzó siendo el derecho de una pequeña comunidad campesina hasta llegar al más alto nivel, la época clásica, sin embargo la transición que tuvo el derecho romano, cambiando sus estructuras jurídicas, organización política no se podría tomar como un todo; es por ello que es necesario fijar etapas o períodos de formación y desenvolvimiento, para señalar lo más sobresaliente del derecho.

ü  Primer Período: De la fundación de Roma (273 a.C.) a la Ley de las XII Tablas (450 a.C).
ü  Segundo Período: De la Ley de las XII Tablas (450 a.C.) hasta el fin de la República o comienzos del Imperio (27 a.C.)
ü  Tercer Período: Del advenimiento del Imperio (27 a.C.) hasta la muerte el emperador 
ü  Cuarto Período: De la muerte de Alejandro Severo (235 d.C) a la muerte de Justiniano (565 d.C.)


  PRIMER PERIODO: DE LA FUNDACION DE ROMA A LA LEY DE LAS XII TABLAS

Los primeros habitantes de Italia al parecer, desde la Edad Media fueron los itálicos, después llegaron los fenicios, los etruscos y los griegos. La historia de Roma se remonta desde la Guerra de Troya, dónde Odiseo habría sido el fundador de la ciudad. La hija de éstos reyes Rhea Silvia tuvo de la unión con el dios Marte, dos hijos gemelos, Rómulo y Remo. Al ser abandonados, fueron amamantados por una loba y recogidos por un pastor, recuperaron su poder, ubicaron en un paraje cerca del Tiber y asentaron la ciudad.

    LA MONARQUIA ROMANA

Desde su fundación (753 a.c) hasta fines del siglo VI a.c Roma estuvo gobernado por sus reyes: Rómulo, fundador de la ciudad; Numa Pompi Tulio, Tulio Hostilio y Servio Tulio que fue el gran reformador social, organizando político y administrativamente Roma, también es considerado como el rey más importante en el desarrollo de las instituciones jurídicas.

La historia del derecho romano tiene sus orígenes en una comunidad humilde, una organización rural, la propiedad de la tierra influyó grandemente con la posición económica, social y política, d e allí nacen los nobles que también pertenecían al selecto ejército romano y que estaban ligados a sus antepasados consanguíneamente.


  ORGANIZACIÓN ECONÓMICA
DERECHO   ROMANO I

  1- INTRO

El hombre necesita vivir en sociedad, de allí que tenga la necesidad de optar por determinados modos de conducta, buscando un fin en su historia y en su identidad.

Ese hombre, nace se desarrolla y muere, en sociedad, esto le genera convivencia con otros, al ser seres sociales trae aparejado los conflictos. De allí súrgela necesidad de establecer reglas o normas sociales para solucionar estos conflictos.

No todas las normas sociales son jurídicas, existen normas morales que no son de carácter jurídico.

EL DERECHO ROMANO. IUS ROMANUM

Conjunto de normas o reglas de carácter coactivo.

Etimológicamente, la palabra IUS, viene del vocablo latino iussum , que significa orden que proviene de iubere que significa ordenar.

La más asertada es la palabra Iustitia, un vocablo romano que era la diosa de la Justicia.

Ius es todo aquello que tiene especial referencia con lo justo o debido.

Con mayúscula significa norma jurídica o conjunto de normas jurídicas,   con minúscula significa la facultad que tiene un individuo reconocida por el derecho objetivo. ius variandi.

También significaba para designar un lugar físico, como In iure “ lugar dónde se administra justicia”

Y en cuarto lugar, como saber jurídico, Ius est ars boni et aequi “ el derecho es el arte de lo bueno y lo equitativo”

También fue utilizada en sentido patrimonial para designar el conjunto de bienes de una persona.

La palabra Ius fue reemplazada por la palabra
Directum o Derectum “lo que está bien recto”.

El derecho romano no solo alude al conjunto de normas jurídicas de los romanos, sino al conjunto de ideas, normas y principios dadas por el pueblo romano a través de su existencia. ( trece siglos 753 ac al 565 d c), este derecho se compiló en el CORPUS IURIS CIVILIS; también los aportes alcanzaron las universidades del siglo XI, con la tradición romanista, receptadas por las legislaciones europeas y también por nuestro ordenamiento positivo, constituyendo la base de nuestra ciencia jurídica.

Este derecho también se elaboró armoniosamente hasta constituirse en fuente doctrinal.

El derecho romano es la base común de los ordenamientos positivos, aporta elementos lógicos y metodológicos para la comprensión del sistema jurídico, es un valioso auxiliar del derecho moderno.

ORIENTACION METODOLÓGICA EN LOS ESTUDIOS DE DERECHO ROMANO

El derecho romano se debe estudiar desde varios métodos, a saber: dogmático, histórico, crítico y práctico.

Dogmático, en la medida que el ordenamiento romano implica un sistema aún vigente, que encierra principios aún validos y que resulta interesante su conocimiento con referencia a nuestras instituciones.

Histórico: Muestra el origen y evolución de dichos conceptos, para observar el desarrollo en sus fuentes.

Crítico, debemos analizar debidamente las fuentes que utilizamos.

Práctico: No encasillar el derecho romano como algo superado, sino como medio para esclarecer temas contemporáneos.

2.
PERIODOS EN FORMACION Y EL DESENVOLVIMIENTO DEL DERECHO ROMANO.

Los períodos, su determinación.

El derecho romano tiene un proceso de trece siglos, desde su fundación en el año 753 a.C hasta la muerte del emperador Justiniano en el año 565 d.C.

Comenzó siendo el derecho de una pequeña comunidad campesina hasta llegar al más alto nivel, la época clásica, sin embargo la transición que tuvo el derecho romano, cambiando sus estructuras jurídicas, organización política no se podría tomar como un todo; es por ello que es necesario fijar etapas o períodos de formación y desenvolvimiento, para señalar lo más sobresaliente del derecho.

Ihering comenzó a hablar de una cronología interior jurídica, que tomaba exclusivamente la evolución interna del derecho, como fenómeno jurídico independientemente de lo político-social-económico.

Las criticas expuestas a esta teoría hicieron surgir la cronología exterior política, que tomó en cuenta el desarrollo de los fenómenos exteriores al derecho, independientemente de lo que sucediera con éste.

Nuestro criterio, se da una clasificación retomada por los romanistas Eugene Petit y Mario Oderigo

A saber:

  a) Primer Período: De la fundación de Roma ( 273 a.C.) a la Ley de las XII Tablas (450 a.C).

  b) Segundo Período: De la Ley de las XII Tablas (450 a.C.) hasta el fin de la República o comienzos del Imperio (27 a.C.)

  c) Tercer Período: Del advenimiento del Imperio (27 a.C.) hasta la muerte el emperador
Alejandro Severo (235 d.C.)

  d) Cuarto Período: De la muerte de Alejandro Severo (235 d.C) a la muerte de Justiniano (565 d.C.)

  PRIMER PERIODO: DE LA FUNDACION DE ROMA A LA LEY DE LAS XII TABLAS

  Los primeros habitantes de Italia al parecer, desde la Edad Media fueron los Itálicos, después llegaron los fenicios, los etruscos y los griegos.La historia de Roma se remonta desde la Guerra de Troya, dónde Odiseo habría sido el fundador de la ciudad. La hija de éstos reyes Rhea Silvia tuvo de la unión con el dios Marte, dos hijos gemelos, Rómulo y Remo. Al ser abandonados, fueron amamantados por una loba y recogidos por un pastor, recuperaron su poder, ubicaron en un paraje cerca del Tiber y asentaron la ciudad.

    LA MONARQUIA ROMANA

  Desde su fundación (753 a.C) hasta fines del siglo VI aC, Roma estuvo gobernado por sus reyes: Rómulo, fundador de la ciudad; Numa Pompi Tulio, Tulio Hostilio y Servio Tulio que fue el gran reformador social, organizando político y administrativamente Roma, también es considerado como el rey más importante en el desarrollo de las instituciones jurídicas.

  La historia del derecho romano tiene sus orígenes en una comunidad humilde, una organización rural , la propiedad de la tierra influyó grandemente con la posición económica, social y política, d e allí nacen los nobles que también pertenecían al selecto ejército romano y que estaban ligados a sus antepasados consanguíneamente.

  ORGANIZACIÓN ECONÓMICA

   
Esta organización era una comunidad de campesinos dedicados a la agricultura y al pastoreo, la actividad económica se desarrolla dentro de la organización gentilicia (la gens) autoabasteciéndose de los artículos que satisfacían las necesidades primarias. El intercambio se realizaba por medio del trueque y la riqueza familiar consistía en ganado (pecus), de allí viene la palabra “pecuniaria” instrumento de cambio.


  ORGANZACIÓN SOCIAL
Las tres tribus primitivas, el conjunto de la población romana constituía el populus romanus quiritium. Era una organización cívico-militar, la ubicación de un individuo dentro de la misma determina la ubicación dentro del ejército.
Cada una de las tribus primitivas estaba dividida en diez curias, estas tenían objetivos militares y administrativos. Crecían conforme crecía la ciudad-estado.
Cada curia estaba constituida por un número de gens, ( agrupaciones que ostentaban un antepasado común por línea paterna) encabezada por el Genius, señor y cabeza de la familia, que le daba continuidad a la vida familiar, al poder creador y le rendía culto a los manes (espíritus que custodian la riqueza de la familia).

Los gens eran una agrupación de familias vinculada a un origen común, a un culto común, tenían una economía autosuficiente, con sus propios recursos, el páter familia tenía la autoridad, sus miembros   subordinados alieni iuris y los adjuntos los clientes, eran el sistema total de la Roma primitiva.

Los jefes DERECHO   ROMANO I

  1- INTRO

El hombre necesita vivir en sociedad, de allí que tenga la necesidad de optar por determinados modos de conducta, buscando un fin en su historia y en su identidad.

Ese hombre, nace se desarrolla y muere, en sociedad, esto le genera convivencia con otros, al ser seres sociales trae aparejado los conflictos. De allí súrgela necesidad de establecer reglas o normas sociales para solucionar estos conflictos.

No todas las normas sociales son jurídicas, existen normas morales que no son de carácter jurídico.

EL DERECHO ROMANO. IUS ROMANUM

Conjunto de normas o reglas de carácter coactivo.

Etimológicamente, la palabra IUS, viene del vocablo latino iussum , que significa orden que proviene de iubere que significa ordenar.

La más asertada es la palabra Iustitia, un vocablo romano que era la diosa de la Justicia.

Ius es todo aquello que tiene especial referencia con lo justo o debido.

Con mayúscula significa norma jurídica o conjunto de normas jurídicas,   con minúscula significa la facultad que tiene un individuo reconocida por el derecho objetivo. ius variandi.

También significaba para designar un lugar físico, como In iure “ lugar dónde se administra justicia”

Y en cuarto lugar, como saber jurídico, Ius est ars boni et aequi “ el derecho es el arte de lo bueno y lo equitativo”

También fue utilizada en sentido patrimonial para designar el conjunto de bienes de una persona.

La palabra Ius fue reemplazada por la palabra
Directum o Derectum “lo que está bien recto”.

El derecho romano no solo alude al conjunto de normas jurídicas de los romanos, sino al conjunto de ideas, normas y principios dadas por el pueblo romano a través de su existencia. ( trece siglos 753 ac al 565 d c), este derecho se compiló en el CORPUS IURIS CIVILIS; también los aportes alcanzaron las universidades del siglo XI, con la tradición romanista, receptadas por las legislaciones europeas y también por nuestro ordenamiento positivo, constituyendo la base de nuestra ciencia jurídica.

Este derecho también se elaboró armoniosamente hasta constituirse en fuente doctrinal.

El derecho romano es la base común de los ordenamientos positivos, aporta elementos lógicos y metodológicos para la comprensión del sistema jurídico, es un valioso auxiliar del derecho moderno.

ORIENTACION METODOLÓGICA EN LOS ESTUDIOS DE DERECHO ROMANO

El derecho romano se debe estudiar desde varios métodos, a saber: dogmático, histórico, crítico y práctico.

Dogmático, en la medida que el ordenamiento romano implica un sistema aún vigente, que encierra principios aún validos y que resulta interesante su conocimiento con referencia a nuestras instituciones.

Histórico: Muestra el origen y evolución de dichos conceptos, para observar el desarrollo en sus fuentes.

Crítico, debemos analizar debidamente las fuentes que utilizamos.

Práctico: No encasillar el derecho romano como algo superado, sino como medio para esclarecer temas contemporáneos.

2.
PERIODOS EN FORMACION Y EL DESENVOLVIMIENTO DEL DERECHO ROMANO.

Los períodos, su determinación.

El derecho romano tiene un proceso de trece siglos, desde su fundación en el año 753 a.C hasta la muerte del emperador Justiniano en el año 565 d.C.

Comenzó siendo el derecho de una pequeña comunidad campesina hasta llegar al más alto nivel, la época clásica, sin embargo la transición que tuvo el derecho romano, cambiando sus estructuras jurídicas, organización política no se podría tomar como un todo; es por ello que es necesario fijar etapas o períodos de formación y desenvolvimiento, para señalar lo más sobresaliente del derecho.

Ihering comenzó a hablar de una cronología interior jurídica, que tomaba exclusivamente la evolución interna del derecho, como fenómeno jurídico independientemente de lo político-social-económico.

Las criticas expuestas a esta teoría hicieron surgir la cronología exterior política, que tomó en cuenta el desarrollo de los fenómenos exteriores al derecho, independientemente de lo que sucediera con éste.

Nuestro criterio, se da una clasificación retomada por los romanistas Eugene Petit y Mario Oderigo

A saber:

  a) Primer Período: De la fundación de Roma ( 273 a.C.) a la Ley de las XII Tablas (450 a.C).

  b) Segundo Período: De la Ley de las XII Tablas (450 a.C.) hasta el fin de la República o comienzos del Imperio (27 a.C.)

  c) Tercer Período: Del advenimiento del Imperio (27 a.C.) hasta la muerte el emperador
Alejandro Severo (235 d.C.)

  d) Cuarto Período: De la muerte de Alejandro Severo (235 d.C) a la muerte de Justiniano (565 d.C.)

  PRIMER PERIODO: DE LA FUNDACION DE ROMA A LA LEY DE LAS XII TABLAS

  Los primeros habitantes de Italia al parecer, desde la Edad Media fueron los Itálicos, después llegaron los fenicios, los etruscos y los griegos.La historia de Roma se remonta desde la Guerra de Troya, dónde Odiseo habría sido el fundador de la ciudad. La hija de éstos reyes Rhea Silvia tuvo de la unión con el dios Marte, dos hijos gemelos, Rómulo y Remo. Al ser abandonados, fueron amamantados por una loba y recogidos por un pastor, recuperaron su poder, ubicaron en un paraje cerca del Tiber y asentaron la ciudad.

    LA MONARQUIA ROMANA

  Desde su fundación (753 a.C) hasta fines del siglo VI aC, Roma estuvo gobernado por sus reyes: Rómulo, fundador de la ciudad; Numa Pompi Tulio, Tulio Hostilio y Servio Tulio que fue el gran reformador social, organizando político y administrativamente Roma, también es considerado como el rey más importante en el desarrollo de las instituciones jurídicas.

  La historia del derecho romano tiene sus orígenes en una comunidad humilde, una organización rural , la propiedad de la tierra influyó grandemente con la posición económica, social y política, d e allí nacen los nobles que también pertenecían al selecto ejército romano y que estaban ligados a sus antepasados consanguíneamente.

  ORGANIZACIÓN ECONÓMICA

   
Esta organización era una comunidad de campesinos dedicados a la agricultura y al pastoreo, la actividad económica se desarrolla dentro de la organización gentilicia ( la gens) autoabasteciéndose de los artículos que satisfacían las necesidades primarias. El intercambio se realizaba por medio del trueque y la riqueza familiar consistía en ganado (pecus), de allí viene la palabra “pecuniaria” instrumento de cambio.

  ORGANZACIÓN SOCIAL

  Las tres tribus primitivas, el conjunto de la población romana constituía el populus romanus quiritium. Era una organización cívico-militar, la ubicación de un individuo dentro de la misma determina la ubicación dentro del ejército.

  Cada una de las tribus primitivas estaba dividida en diez curias, estas tenían objetivos militares y administrativos. Crecían conforme crecía la ciudad-estado.

  Cada curia estaba constituída por un número de gens, ( agrupaciones que ostentaban un antepasado común por línea paterna) encabezada por el Genius, señor y cabeza de la familia, que le daba continuidad a la vida familiar, al poder creador y le rendía culto a los manes (espíritus que custodian la riqueza de la familia).

  Los gens eran una agrupación de familias vinculada a un origen común, a un culto común, tenían una economía autosuficiente, con sus propios recursos, el pater familia tenía la autoridad, sus miembros   subordinados alieni iuris y los adjuntos los clientes, eran el sistema total de la Roma primitiva.

  Los jefes de
Las gens, los páter y sus descendientes componían las treinta curias primitivas, formaban la clase de los patricios, son la nobleza de raza, familias poderosas y ricas que poseían la propiedad exclusiva del suelo.

En cada familia patricia se encuentran los clientes, dependen de la autoridad del páter, (de allí la palabra patrón), los clientes son hombres libres que no pertenecían por lazos de sangre a ninguna gen y vivían bajo la protección de un patricio al que debían obediencia y servicio.

Esta relación era un verdadero pacto, el   patrón debía darle socorro, asistencia, defenderlo ante la justicia y considerarlo como un miembro menor, el cliente debía al patrón respeto, abnegación, incluso acompañarlo a la guerra. Si alguno de los dos violaba las reglas traía consecuencias, tal como el destierro.

Aparece un tercer grupo, llamado la plebe (plebes: multitud) que resultan como las consecuencias de los cambios en las condiciones sociales y económicas. Los plebeyos eran una clase social, que no pertenecían a los patricios, clase inferior en donde se agrupaban los clientes independientes de sus patronos, habitantes de otros territorios, atraídos por la economía, no se les permitía participar como ciudadanos, y constituían la clase laboriosa del país, ya que los patricios le parecían innobles.
Con el desarrollo económico de la plebe, se van organizando para tener su lugar en la ciudad romana e inician una larga lucha por sus derechos.



  ORGANIZACIÓN POLITICA.

DERECHO   ROMANO I

  1- INTRO

El hombre necesita vivir en sociedad, de allí que tenga la necesidad de optar por determinados modos de conducta, buscando un fin en su historia y en su identidad.

Ese hombre, nace se desarrolla y muere, en sociedad, esto le genera convivencia con otros, al ser seres sociales trae aparejado los conflictos. De allí súrgela necesidad de establecer reglas o normas sociales para solucionar estos conflictos.

No todas las normas sociales son jurídicas, existen normas morales que no son de carácter jurídico.

EL DERECHO ROMANO. IUS ROMANUM

Conjunto de normas o reglas de carácter coactivo.

Etimológicamente, la palabra IUS, viene del vocablo latino iussum , que significa orden que proviene de iubere que significa ordenar.

La más asertada es la palabra Iustitia, un vocablo romano que era la diosa de la Justicia.

Ius es todo aquello que tiene especial referencia con lo justo o debido.

Con mayúscula significa norma jurídica o conjunto de normas jurídicas,   con minúscula significa la facultad que tiene un individuo reconocida por el derecho objetivo. ius variandi.

También significaba para designar un lugar físico, como In iure “ lugar dónde se administra justicia”

Y en cuarto lugar, como saber jurídico, Ius est ars boni et aequi “ el derecho es el arte de lo bueno y lo equitativo”

También fue utilizada en sentido patrimonial para designar el conjunto de bienes de una persona.

La palabra Ius fue reemplazada por la palabra
Directum o Derectum “lo que está bien recto”.

El derecho romano no solo alude al conjunto de normas jurídicas de los romanos, sino al conjunto de ideas, normas y principios dadas por el pueblo romano a través de su existencia. ( trece siglos 753 ac al 565 d c), este derecho se compiló en el CORPUS IURIS CIVILIS; también los aportes alcanzaron las universidades del siglo XI, con la tradición romanista, receptadas por las legislaciones europeas y también por nuestro ordenamiento positivo, constituyendo la base de nuestra ciencia jurídica.

Este derecho también se elaboró armoniosamente hasta constituirse en fuente doctrinal.

El derecho romano es la base común de los ordenamientos positivos, aporta elementos lógicos y metodológicos para la comprensión del sistema jurídico, es un valioso auxiliar del derecho moderno.

ORIENTACION METODOLÓGICA EN LOS ESTUDIOS DE DERECHO ROMANO

El derecho romano se debe estudiar desde varios métodos, a saber: dogmático, histórico, crítico y práctico.

Dogmático, en la medida que el ordenamiento romano implica un sistema aún vigente, que encierra principios aún validos y que resulta interesante su conocimiento con referencia a nuestras instituciones.

Histórico: Muestra el origen y evolución de dichos conceptos, para observar el desarrollo en sus fuentes.

Crítico, debemos analizar debidamente las fuentes que utilizamos.

Práctico: No encasillar el derecho romano como algo superado, sino como medio para esclarecer temas contemporáneos.

2.
PERIODOS EN FORMACION Y EL DESENVOLVIMIENTO DEL DERECHO ROMANO.

Los períodos, su determinación.

El derecho romano tiene un proceso de trece siglos, desde su fundación en el año 753 a.C hasta la muerte del emperador Justiniano en el año 565 d.C.

Comenzó siendo el derecho de una pequeña comunidad campesina hasta llegar al más alto nivel, la época clásica, sin embargo la transición que tuvo el derecho romano, cambiando sus estructuras jurídicas, organización política no se podría tomar como un todo; es por ello que es necesario fijar etapas o períodos de formación y desenvolvimiento, para señalar lo más sobresaliente del derecho.

Ihering comenzó a hablar de una cronología interior jurídica, que tomaba exclusivamente la evolución interna del derecho, como fenómeno jurídico independientemente de lo político-social-económico.

Las criticas expuestas a esta teoría hicieron surgir la cronología exterior política, que tomó en cuenta el desarrollo de los fenómenos exteriores al derecho, independientemente de lo que sucediera con éste.

Nuestro criterio, se da una clasificación retomada por los romanistas Eugene Petit y Mario Oderigo

A saber:

  a) Primer Período: De la fundación de Roma ( 273 a.C.) a la Ley de las XII Tablas (450 a.C).

  b) Segundo Período: De la Ley de las XII Tablas (450 a.C.) hasta el fin de la República o comienzos del Imperio (27 a.C.)

  c) Tercer Período: Del advenimiento del Imperio (27 a.C.) hasta la muerte el emperador
Alejandro Severo (235 d.C.)

  d) Cuarto Período: De la muerte de Alejandro Severo (235 d.C) a la muerte de Justiniano (565 d.C.)

  PRIMER PERIODO: DE LA FUNDACION DE ROMA A LA LEY DE LAS XII TABLAS

  Los primeros habitantes de Italia al parecer, desde la Edad Media fueron los Itálicos, después llegaron los fenicios, los etruscos y los griegos.La historia de Roma se remonta desde la Guerra de Troya, dónde Odiseo habría sido el fundador de la ciudad. La hija de éstos reyes Rhea Silvia tuvo de la unión con el dios Marte, dos hijos gemelos, Rómulo y Remo. Al ser abandonados, fueron amamantados por una loba y recogidos por un pastor, recuperaron su poder, ubicaron en un paraje cerca del Tiber y asentaron la ciudad.

    LA MONARQUIA ROMANA

  Desde su fundación (753 a.C) hasta fines del siglo VI aC, Roma estuvo gobernado por sus reyes: Rómulo, fundador de la ciudad; Numa Pompi Tulio, Tulio Hostilio y Servio Tulio que fue el gran reformador social, organizando político y administrativamente Roma, también es considerado como el rey más importante en el desarrollo de las instituciones jurídicas.

  La historia del derecho romano tiene sus orígenes en una comunidad humilde, una organización rural , la propiedad de la tierra influyó grandemente con la posición económica, social y política, d e allí nacen los nobles que también pertenecían al selecto ejército romano y que estaban ligados a sus antepasados consanguíneamente.

  ORGANIZACIÓN ECONÓMICA

   
Esta organización era una comunidad de campesinos dedicados a la agricultura y al pastoreo, la actividad económica se desarrolla dentro de la organización gentilicia ( la gens) autoabasteciéndose de los artículos que satisfacían las necesidades primarias. El intercambio se realizaba por medio del trueque y la riqueza familiar consistía en ganado (pecus), de allí viene la palabra “pecuniaria” instrumento de cambio.

  ORGANZACIÓN SOCIAL

  Las tres tribus primitivas, el conjunto de la población romana constituía el populus romanus quiritium. Era una organización cívico-militar, la ubicación de un individuo dentro de la misma determina la ubicación dentro del ejército.

  Cada una de las tribus primitivas estaba dividida en diez curias, estas tenían objetivos militares y administrativos. Crecían conforme crecía la ciudad-estado.

  Cada curia estaba constituída por un número de gens, ( agrupaciones que ostentaban un antepasado común por línea paterna) encabezada por el Genius, señor y cabeza de la familia, que le daba continuidad a la vida familiar, al poder creador y le rendía culto a los manes (espíritus que custodian la riqueza de la familia).

  Los gens eran una agrupación de familias vinculada a un origen común, a un culto común, tenían una economía autosuficiente, con sus propios recursos, el pater familia tenía la autoridad, sus miembros   subordinados alieni iuris y los adjuntos los clientes, eran el sistema total de la Roma primitiva.

  Los jefes de
las gens, los pater y sus descendientes componían las treinta curias primitivas, formaban la clase de los patricios, son la nobleza de raza, familias poderosas y ricas que poseían la propiedad exclusiva del suelo

  En cada familia patricia se encuentran los clientes, dependen de la autoridad del pater, ( de allí la palabra patrón), los clientes son hombres libres que no pertenecían por lazos de sangre a ninguna gen y vivían bajo la protección de un patricio al que debían obediencia y servicio.

  Esta relación era un verdadero pacto, el   patrón debía darle socorro, asistencia, defenderlo ante la justicia y considerarlo como un miembro menor, el cliente debía al patrón respeto, abnegación, incluso acompañarlo a la guerra. Si alguno de los dos violaba las reglas traía consecuencias, tal como el destierro.

  Aparece un tercer grupo, llamado la plebe (plebs: multitud) que resultan como las consecuencias de los cambios en las condiciones sociales y económicas. Los plebeyos eran una clase social, que no pertenecían a los patricios, clase inferior en donde se agrupaban los clientes independientes de sus patronos, habitantes de otros territorios, atraídos por la economía, no se les permitía partipar como ciudanos, y coan   nstitu la clase laboriosa del país, ya que los patricios le parecían innobles.

  Con el desarrollo económico de la plebe, se van organizando para tener su lugar en la ciudad romana e inician una larga lucha por sus derechos.

  ORGANIZACIÓN POLITICA.
La primera forma política fue la monarquía, constituida por el rey, el senado y los comicios por curias.
REY, rey sanctórum, pues es una monarquía que se suponía ligada a la voluntad de los dioses, no es monarquía hereditaria, solamente  el jefe de la organización aristocrática, donde la soberanía recae en los patricios que componen las curias y que la ejercen através de los comicios.
El rey es escogido por la asamblea curial, luego de que la voluntad de los dioses ha determinado. Tiene carácter vitalicio pues posee facultad de imperador, se le concede el poder político, militar, judicial y religioso.
Le compete la dirección publica romana, la organización de la comunidad, representación exterior, declarar la guerra o la paz, la propiedad de la tierra publica, nombra senadores y convoca a los comicios, conduce el ejercito, reprime los delitos públicos, interviene en la solución de conflictos, ofrece los sacrificios expiatorios en nombre del pueblo.
EL SENADO. El rey era asistido por un consejo compuesto por los jefes principales de las familias patricias, el senado (avanzada edad) senectus (anciano), asistían y aconsejaban al rey en sus decisiones.
COMICIOS POR CURIAS.   Fueron las primeras formas de representación popular en roma. Ciudadanos romanos
Comitia curiata: representantes de treinta curias, entre los romanos la forma más antigua de la labor legislativa, sus decisiones con la sanción del senado, se convierten en leyes curia.

Conclusión 
Al llevar a cabo este ensayo logramos nuestros objetivos principales al enriquecer nuestro conocimiento sobre el derecho romano y sus generalidades. Del mismo modo logramos fomentar en nuestra vida diaria el hábito de enriquecer mediante la lectura el estudio del derecho como parte de nuestra vida diaria para crecer como personas y como alumnos de la carrera de derecho principalmente














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