Puntos a tomar en cuenta:
Organización política
Organización social
Organización económica
El derecho del imperio
Los senados consultos
Constituciones imperiales
El derecho horario
Dictámenes de los jurisconsultos
Introducción
Primero en
forma de reseña quien era Alejandro severo
Nombre Marco
Aurelio Severo Alejandro conocido como Alejandro severo.
Emperador
romano en los años 222 al 235 (13 años)
Tomo su
puesto por sucesión tras el asesinato de su primo en el año 222, fue el último
emperador de la dinastía severa y termino su perdido también asesinado, a
partir de ahí da comienzo una época conocida como la crisis de siglo II.
Este periodo
fue de crisis económica, política y social, donde en algunas ciudades surgían
algunos poderes sin fundamento legal mientras la economía era marcada por la
incertidumbre de la producción, la dificultad de transporte y la ruina de la
moneda.
Organización
política.
Tenía un
sistema de gobernabilidad por emperadores basada en la autoridad militarizada.
Pero compartía responsabilidades con un senado y existían asambleas populares
llamadas comicios.
Principales
órganos de gobierno que rigieron roma fueron comicios, senados, cónsul.
Comicios: era asambleas populares formada por ciudadanos.
Senados: formados al inicio por 100 senadores luego 200 y al final por
300.
Cónsul: ejercía el poder de la republica.
Organización
social.
La base de la sociedad era la familia donde el padre el jefe y ejercía la autoridad sobre los demás
miembros de ella.
La población
estaba dividida en clases sociales:
Patricios: eran descendientes de las primeras familias que se asentaron
en la cuidad y ellos tenían el privilegio de ejercer o intervenir en los cargos
o tares del estado.
Plebeyos: eran habitantes que no eran de la nobleza carecían de tierras,
riqueza, derechos hasta cierto punto.
Clientes: era una clase intermedia de plebeyo ligada a los patricios por
un vínculo establecido entre ellos con derechos y obligaciones. El patrono debía proteger al cliente con
asesoramiento legal y representación jurídica, y el cliente debía prestar su
colaboración, incluso económica.
Esclavos: prisioneros de guerra que servían a las familias patricias.
Organización económica
Dominaba una vasta
cantidad de territorio con enormes recursos naturales y humanos, se mantuvo
concentrada en la agricultura y el comercio principalmente. Mejoraron la
agricultura y las habilidades de los que la cultivaban. Menciona algunos productos
de dominio en exportaciones trigo, la viña y el olivo.
Menciona que
roma era una cuidad ruidosa y de múltiples talleres o comercios cada ciudadano
tenia su propio negocio fuera libre o esclavo, de manufacturación, comercio.
Hasta profesionales como maestro, banquero, arquitecto. Que no tenían la misma
consideración como la tiene ahora. Los romanos eran hombres de negocios de eso
se deriva la longevidad de su imperio.
Roma adopto
un sistema monetario inicio con moneda de cobre. Se extendió rápidamente. Roma
cobraba impuestos que la mayoría por no decir la totalidad era para mantener a
la milicia.
El derecho
del imperio
La primera
ley escrita fue el código llamado el de las doce tablas.
Los romanos
tenían tres clases de derecho:
Derecho público: atendía los asuntos relacionados entre los ciudadanos y
el estado.
Derecho
privado: velaba por los derechos de los ciudadanos
Derecho internacional: servía para
regular las relaciones entre todos los pueblos que componían el imperio romano.
El derecho
romano ha sobrevivido hasta la actualidad, siendo útil muchas de sus leyes en
la actualidad o por lo menos la mayor parte de sus bases.
Los
senados consultos
El senado
consulto es una fuente del derecho romano consistía en un parecer o opinión de
carácter consultivo no vinculante dado por el senado a un magistrado.
Forma de
senado consulto, se denominaba así cuando se recogían los sufragios simplemente
separados de dos partes votantes, y no se tomaba en cuenta el voto de viva voz.
En la
redacción del documento se ponía el tiempo y el lugar el nombre de los
senadores, luego la propuesta con el nombre del magistrado que la había
propuesto y después se ponía el decreto.
Constituciones
imperiales
Eran normas
jurídicas emanadas por el emperador. Existían diferentes clases de
constituciones imperiales.
Los edictos: al inicio eran destinados a una provincia o municipio
después pasaron a ser ordenanzas permanentes principalmente eran temas derecho público.
Encabezados con el nombre del emperador dirigidas al público en general,
atreves de un funcionario.
Los mandatos: era instrucciones destinadas a los funcionarios sobre todo
a los gobernadores de provincia ejemplo se le prohibió contraer matrimonio con
mujeres debajo de su jurisdicción, eran instrucciones para mejorar su desempeño
y servicio.
Los rescriptos: eran respuestas emitidas por el emperador de consultas
jurídicas por las partes involucradas en litigio o de los magistrados
encargados de dar una respuesta del caso. Si la consulta venia de un particular
el emperador respondía al pie de las solicitudes por eso se denominan
suscriptiones que significa escribo abajo. Y si era una consulta de un juez le
repondría por medio de una carta llamada epístola.
Los decretos: eran sentencia judiciales que dictaba el emperador para
resolver cuestiones judiciales, atreves de los decretos el emperador muchas
veces se convertía en creador de nuevas normas ya que las actuales no cubrían
lo necesario.
Las pragmáticas: Aparecen
luego de Diocleciano, o sea en el Bajo Imperio. Se dictaban, a petición de
alguna autoridad o entidad pública, para regir en alguna provincia o ante un
grupo de personas, careciendo de la generalidad de los edictos, y dadas
frecuentemente con carácter temporal, por temas urgentes.
Derecho
honorario
Es el derecho
pretorio, el cual por razón de utilidad pública introdujeron los pretores para
corroborar, suplir o corregir el derecho civil, se denomina honorario por el
honor de los pretores.
Provenía de
los magistrados como tales no podían incidir directamente en los las normas del
derecho civil, pero podían denegar o
conceder remedios en atención a circunstancias particulares de los casos, cuyas
muchas de las normas del derecho resultaban modificadas. Esta facultad para
crear acciones o reconocer defensas tuvo un gran impacto en el desarrollo del
derecho.
Dictámenes de
los jurisconsultos.
Personas
entendías en las leyes, que hacen de profesión explicarlas o dar respuestas
sobre cuestiones de derecho a quienes los consultan, también recibían el nombre
de sabios y filósofos
La institución del
patronato de los patricios dio origen en Roma á la profesión de jurisconsulto,
pues uno de los deberes del patrono era explicar la ley á sus clientes y
defenderlos en sus litigios.
Cuando se ofrecían casos
arduos y cuestionables, solían reunirse muchos jurisconsultos en un foro afuera
de los templos de apolo.
No solo interpretaban las leyes
los jurisconsultos, sino que sacaban de ellas por vía de inducción decisiones
nuevas que no siempre resultaban del texto, y guiados por las luces de la razón
y de la equidad suplían los vacíos y las omisiones que eran naturales en las
leyes escritas. De aquí proviene que no solamente se les llamaba intérpretes, sino autores del derecho,
legisladores, sacerdotes de la justicia y doctores de la verdadera filosofía.
Después que la jurisprudencia dejó de ser patrimonio
especial de los patricios por la enseñanza pública que de ella hizo Caruncanio,
cualquiera podía ser jurisconsulto, y desde entonces pudo decirse con verdad.
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